jueves, 16 de agosto de 2012



ANÁLISIS DE LAS OPCIONES QUE BRINDA LA LEGISLACIÓN VENEZOLANA A LAS PYMES EN MATERIA DE MARCAS. IMPACTO DEL RETIRO DE VENEZUELA DE LA COMUNIDAD ANDINA

(Silva Dugarte, María Fernanda)

Resumen crítico:

La propiedad industrial, su nombre comercial y marca de fábrica, tiende a tener mucha importancia económica para los pequeños y medianos empresarios, ya que hace que los consumidores distingan si el producto es de baja, media o alta calidad.

En la Constitución Nacional de Venezuela de 1.961, se establecía que la creación cultural tenia libertad en cuanto al derecho de inversión, producción y divulgación de la obra, y también contaba con la protección legal de los derechos de autor, igualmente citaban que el Estado reconocía y protegía la propiedad intelectual de las obras.

De esta manera se puede apreciar que en Venezuela siempre se ha ofrecido desde un punto de vista Constitucional un sistema jurídico de protección a la propiedad industrial, tanto para su denominación comercial como para la protección de la marca comercial.

Se puede definir Marca como un signo, figura, dibujo, palabras o cualquier carácter que usados por una persona natural o jurídica pueda diferenciar los productos que fabrican o los servicios que ofrecen. El principal objetivo de una marca es distinguir a una empresa, negocio o establecimiento, esta contribuye y otorga a la empresa la posibilidad de caracterizar su producto; de esta manera la marca se transforma en un activo para el empresario, ya que se convierte en un mecanismo para la captación de clientes y en un sello de garantía para sus consumidores

No obstante, en los primeros años de la década de los 90, es cuando en el país se comienza a tomar en cuenta la importancia que tiene la propiedad industrial para las empresas. En los últimos años se ha incrementado la creación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas (PYMES) en Venezuela, y aunque todavía existe un número significativo de empresas que lamentablemente desconocen los beneficios económicos que obtienen para sí mismas por el uso de la propiedad industrial, y por consiguiente de las marcas y su registro, el anuncio que fue realizado por parte del gobierno Venezolano a mediados del año 2006 acerca del retiro de Venezuela de la Comunidad Andina, trajo consigo consecuencias de índole legislativo en materia de propiedad industrial y en el régimen de los derechos de autor (en sus aspectos mercantiles).

Las Pymes en Venezuela desarrollan una tarea determinante para el progreso del país, sin embargo el crecimiento, funcionamiento y desarrollo de estas empresas se ve afectado por la política dominante, que no les permite un desenvolvimiento pleno en cuanto a obtener créditos, a la expansión de sus empresas, y al riesgo que corren al no poder resguardar las marcas que han creado y comercializado para identificar sus productos y servicios.

Por ende, no estoy de acuerdo con el retiro de Venezuela de la Comunidad Andina en el año 2006, puesto una de las tantas consecuencias que trajo consigo fue dejar a un lado un marco jurídico determinante para la protección de las marcas y de la propiedad industrial en el país.


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